Dialogue with IACHR Candidates: Flávia Cristina Piovesan

Irene Estefanía González / Inter-American Dialogue

On Friday, May 5th, 2017 the Center for Justice and International Law (CEJIL), the Due Process of Law Foundation (DPLF), the Open Society Justice Initiative, and the Inter-American Dialogue hosted an open forum with the six candidates nominated by the member states to serve on the Inter-American Commission on Human Rights (IACHR). In that forum, candidates took public questions from attendees and remote viewers on YouTube and Twitter. The details and video of the event can be found here

In addition, all questions—including those that were not asked in the forum because of limited time—were collected and the candidates were given the opportunity to submit written responses as they saw fit.

The full list of questions can be found here. The other submitted responses can be found here.

The following response has not been translated or edited.

 

Por más de veinte años he dedicado mi vida a la causa de los derechos humanos. En mi trayectoria se suman diversas experiencias: como profesora de Derechos Humanos en Universidades en Brasil y en otros países; investigadora en centros de excelencia en el extranjero; integrante de distintas organizaciones no gubernamentales locales, regionales y globales; abogada pública; Secretária Especial de Derechos Humanos; y miembro de organismos internacionales de protección de derechos humanos en la ONU y en la OEA.

Es con esa experiencia plural y multifacetica que he aceptado el desafío lanzado por el Estado brasileño de la candidatura a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, con la más absoluta convicción de la importancia del sistema interamericano para el fortalecimiento de los derechos humanos, la democracia y el Estado de Derecho en la región.  

En la condición de profesora de Derechos Humanos y de Derecho Constitucional de la Pontificia Universidad Católica de São Paulo, he desarrollado mi doctorado en la Harvard Law School en 1995, enfocando el sistema interamericano, sus orígenes, institucionalidad e impacto, bajo el prisma de Derecho Constitucional Internacional, con énfasis en el modo por el cual permitía salvaguardar derechos de las víctimas, impulsando avanzos en marcos legislativos y políticas públicas en Brasil y en la región. He realizado asimismo estudios de posdoctorado en aquella Universidad, retornando en 2000 e 2002 para tratar de la temática de la integración regional y los derechos humanos, así como de temas centrales para la agenda contemporánea de los derechos humanos.

En 2005, en la Universidad de Oxford, tuve la oportunidad de profundizar la investigación acerca de los sistemas regionales de protección de los derechos humanos, a partir de un análisis comparativo entre los sistemas regionales europeo, interamericano y africano. Desde 2007, estoy involucrada en estudios de posdoctorado en el “Max-Planck-Institute for Comparative Public Law and International Law” (en Heidelberg, Alemania), centrados en los sistemas regionales de protección de los derechos humanos, con énfasis en el sistema interamericano.

En la condición de miembro del Grupo de Trabajo de la OEA relativo al Protocolo de San Salvador, he tenido la oportunidad de vivir el sistema interamericano, en una perspectiva interna, sobre todo en relación al desafío de evaluar la aplicación progresiva de los derechos económicos, sociales y culturales, de acuerdo al artículo 19 del Protocolo, con la inédita utilización del instrumento de indicadores técnico-científicos para mensurar con mayor rigor metodológico el ejercicio de aquellos derechos. La sistemática de  indicadores permite incorporar la perspectiva de los derechos humanos en las  políticas públicas; impulsa la generación de informaciones, datos y estadísticas que componen una base sólida para diagnosticar la situación de los derechos sociales; y contribuye para el fortalecimiento de las políticas públicas, identificando prioridades y estrategias. También en el ámbito de la ONU he tenido la oportunidad de integrar la “UN High Level Task Force for the implementation of the right to development”, con el desafío de identificar los componentes del derecho al desarrollo bajo la perspectiva de los derechos humanos y de proponer un  sistema de indicadores para evaluar su realización, participando en la ONU de recientes iniciativas en 2016 y 2017 volcadas al derecho al desarrollo y a la agenda 2030 de objetivos de desarrollo sostenible.

A las experiencias académica y de integrante de organismo de la OEA, súmanse aún dos experiencias más – como peticionaria y como Estado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. En la condición de integrante de organizaciones no gubernamentales, he tenido la experiencia de litigar ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y de participar de audiencias públicas temáticas. Además, y como Secretaria Especial de Derechos Humanos, se suman las experiencias de reaccionar a los casos pendientes en el sistema interamericano frente al Estado brasileño, así como de buscar implementar las decisiones de la Corte y de la Comisión Interamericana a partir de diálogos intragubernamentales y federativos.

Vivir el sistema interamericano bajo eses cuatro ángulos diversos – como académica, integrante de Grupo de Trabajo de la OEA, peticionaria y Estado – me permite ofrecer una visión amplia, sólida, profunda y serena de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, bajo las lentes retrospectiva y prospectiva, aliando su pasado, presente y futuro.

 

COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS BAJO UNA VISIÓN RETROSPECTIVA: IMPORTANCIA DE SU LEGADO

En los términos del artículo 41 de la Convención Americana de Derechos Humanos, "La Comisión tiene la función principal de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos, y en el ejercicio de su mandato, tiene las siguientes funciones y atribuciones:

a) estimular la conciencia de los derechos humanos en los pueblos de América; b) formular recomendaciones, cuando lo estime conveniente, a los gobiernos de los Estados miembros para que adopten medidas progresivas en favor de los derechos humanos dentro del marco de sus leyes internas y sus preceptos constitucionales, al igual que disposiciones apropiadas para fomentar el debido respeto a esos derechos;  c) preparar los estudios e informes que considere convenientes para el desempeño de sus funciones;  d) solicitar de los gobiernos de los Estados miembros que le proporcionen informes sobre las medidas que adopten en materia de derechos humanos;  e) atender las consultas que, por medio de la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos, le formulen los Estados miembros en cuestiones relacionadas con los derechos humanos y, dentro de sus posibilidades, les prestará el asesoramiento que éstos le soliciten;  f) actuar respecto de las peticiones y otras comunicaciones en ejercicio de su autoridad de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 al 51 de esta Convención, y  g) rendir un informe anual a la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos.

Promover, monitorear y proteger los derechos humanos en la región constituyen la vocación principal de la Comisión Interamericana, al conjugar las funciones de conciliación (por ejemplo, al buscar soluciones amistosas entre Estados y víctimas, en situación de violación de derechos); de asesoría (por ejemplo, al recomendar la adopción de medidas a los Estados para promover los derechos humanos); de crítica (por ejemplo, al  informar sobre la situación de los derechos humanos en un Estado miembro de la OEA, luego de conocer los argumentos del Estado, cuando continúen esas violaciones); de promoción (por ejemplo, al elaborar estudios sobre temas de derechos humanos, a fin de promover su respeto); de protección (por ejemplo, al actuar en casos de extrema gravedad y urgencia, a fin de evitar daños irreparables a las personas); y de prevención (por ejemplo, al estimular la cultura de derechos humanos en la región, mediante la cooperación técnica, con programas de capacitación a los más diversos actores sociales, fortaleciendo la institucionalidad y políticas públicas con enfoque de derechos humanos, considerada la diversidad regional).

La Comisión Interamericana ha tenido un extraordinario rol en la difusión de estándares de protección regionales relativos a la salvaguardia de la dignidad humana (el llamado “corpus iuris interamericano”), que simbolizan un piso mínimo de protección y no un techo máximo de protección. Tales parámetros de protección han estimulado la compensación de déficits nacionales, fomentando avances en marcos legislativos y políticas públicas en materia de derechos humanos, así como evitando pasos atrás y retrocesos en el régimen de protección de derechos.

En la experiencia brasileña, hay casos sometidos a la Comisión Interamericana que han presentado relevante impacto en relación a los cambios de legislación y de políticas públicas de derechos humanos, posibilitando significativos avances internos. Como ilustración, cumple mencionar los siguientes: a) casos de violencia policial, especialmente con denuncias de  impunidad de crímenes practicados por policías militares, han sido fundamentales para la adopción de la Ley n. 9.299/96, que ha determinado la transferencia de la Justicia Militar para la Justicia Común del juicio de crímenes dolosos contra la vida cometidos por policías militares; b) casos de tortura y desaparición forzada encorajaran la adopción de la Ley n. 9.140/95, que ha establecido indemnización a los familiares de los muertos y desaparecidos políticos; c) caso de violencia doméstica sufrida por la víctima (caso Maria da Penha Maia Fernandes) ha culminado en la adopción de la Ley n. 11.340/2006 (“Ley Maria da Penha”), que crea mecanismos para cohibir la violencia doméstica y familiar contra la mujer; d) casos que involucran violencia contra defensores de derechos humanos han contribuido para la adopción del Programa Nacional de Protección a los Defensores de Derechos Humanos; e) casos que involucran derechos de los pueblos indígenas han sido esenciales para la demarcación y homologación de sus tierras.

Sabemos todos que el impacto positivo de la Comisión se observa también en varios otros países de nuestra región.

La actuación de la Comisión Interamericana ofrece extraordinaria contribución para el fortalecimiento de la protección, promoción y defensa de los derechos humanos, contribuyendo, asimismo, para prevenir violaciones.

Cumple notar que en 1978, cuando la Convención Americana de Derechos Humanos entró en vigor, muchos de los Estados de Centro- América y del Sur eran gobernados por regímenes autoritarios. De los 11 Estados­Parte de la Convención a esa época, menos de la mitad tenía gobiernos electos democráticamente. La agenda de derechos humanos era una agenda contra el Estado, asumida sobre todo por la sociedad civil. En aquel contexto histórico, la Comisión Interamericana ha tenido un extraordinario rol en la realización de investigaciones in loco, denunciando, por medio de informes, graves y masivas violaciones de derechos durante regímenes dictatoriales en la región, especialmente en la década de los 70. Desde entonces, la Comisión ha sido un relevante actor en el proceso de democratización en las Américas, contribuyendo así para la configuración de una agenda contemporánea de derechos humanos, que  refleja la lógica de desafíos y responsabilidades compartidas, en construcción conjunta que involucra a Estados, víctimas y sociedad civil. 

En la actualidad, la emergencia de regímenes democráticos ha permitido que los Derechos humanos también pasaran a ser política de Estado, a partir de una cresciente institucionalidad volcada a la protección y promoción de los Derechos Humanos, en las esferas de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judiciario, en los diversos países de la región, por medio de la creación de Secretarías de Derechos Humanos en el ámbito del Poder Ejecutivo; Comisiones de Derechos Humanos en el ámbito del poder Legislativo; políticas judiciales visando a la promoción de la cultura de derechos humanos en el ámbito del Poder Judiciario; programas nacionales, estaduales y municipales de derechos humanos; entre otras iniciativas. Afirma-se, cada vez más, el carácter indisociable entre los valores de derechos humanos, democracia y Estado de Derecho. El respeto a los derechos humanos es condición esencial para la sustentabilidad democrática, para la presencia del Estado de Derecho y para la construcción de la cultura de paz en la región.

 

COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS BAJO LA VISIÓN PROSPECTIVA: DESAFÍO DE SU FUTURO

A la luz de ese nuevo contexto, surge el desafío de repensar, resignificar y reinventar el rol de la Comisión Interamericana, como actor que contribuye al perfeccionamiento de los derechos humanos, de la democracia, del Estado de Derecho y de la cultura de paz en la región, a través de una actuación articulada, integrada y coordinada, con mayor equilibrio entre los deberes de promover, defender y monitorear los Derechos Humanos. Para ejercer este rol importante, es necesario contar con fuentes adecuadas y previsibles  de financiamiento, mientras se piensa en una formas más eficientes de realizar su trabajo, teniendo en mente el actual contexto de recursos escasos..

En esta perspectiva, son siete los principios que inspiran mi mandato visando al fortalecimiento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el orden contemporáneo:

  1. Efectividad
    Es necesario profundizar la capacidad de diálogo y de cooperación entre la Comisión Interamericana, los Estados, las víctimas, las organizaciones de la sociedad civil y los demás actores, a través de técnicas de mediación, en la búsqueda de soluciones amistosas. Intensificar el diálogo regional-local es condición para garantizar el mayor grado de implementación de las recomendaciones y cumplimiento de las decisiones del sistema interamericano. La efectividad de la protección internacional de los derechos humanos está absolutamente condicionada al perfeccionamiento de las medidas nacionales de implementación.
  2. Eficiencia
    Es esencial enfrentar los retrasos procesales, contribuyendo para una mejor racionalización temporal de procedimientos, prácticas y gestión de los casos, con la identificación de casos prioritarios; la conjugación de casos similares; entre otras medidas. La Convención Americana de Derechos Humanos asegura el derecho de ser juzgado en plazo razonable, con las debidas garantías, por órgano competente, independiente e imparcial, de acuerdo al artículo 8 (1), lo que requiere fortalecer la capacidad de rápida y adecuada respuesta de la Comisión Interamericana.
  3. Transparencia
    Es fundamental contribuir para mayor objetividad, claridad y publicidad de los procedimientos adoptados, con estricto respeto a los principios del debido proceso legal, del contradictorio y de la amplia defensa, con los medios y recursos a ellos inherentes, fortaleciendo la justicia interamericana, con transparencia, acceso a la información, participación y accountability.

  4. Institucionalidad
    Hay que densificar la observancia de los parámetros y estándares jurídicos de protección de los derechos humanos, con rigor técnico y solidez, de manera a fortalecer la juridicidad del sistema interamericano y reducir eventual grado de politización, considerando la diversidad regional, así como la diversidad de regímenes jurídicos basados en la “Civil Law” y la “Common Law” – a fin de que la Comisión pueda bien traducir las diversas tradiciones jurídicas de la región.
  5. Independencia
    La legitimidad y la credibilidad de la Comisión Interamericana están condicionadas a la independencia de sus miembros, que deben actuar con imparcialidad, integridad y no-selectividad, conforme establecen los artículos 34 y 36 de la Convención Americana de Derechos Humanos.
  6. Universalidad
    Se hace necesario expandir el universo de Estados-Parte en el sistema interamericano, especialmente la deseable ampliación del número de Estados-Parte de la Convención Americana (23 Estados-Parte, de los cuales 22 reconocen la jurisdicción de la Corte – datos de 2017); y del Protocolo de San Salvador en materia de derechos económicos, sociales y culturales (16 Estados-Parte – datos de 2017), entre otros relevantes instrumentos, impulsando la mayor incorporación de los parámetros  de protección regionales.
  7. Sustentabilidad
    Es fundamental, también, contribuir para el adecuado funcionamiento de la Comisión Interamericana, con recursos técnicos, administrativos y financieros suficientes, visando al pleno cumplimiento de su mandato y de sus funciones, buscando un mayor equilibrio entre los cuatro pilares de la OEA, que abarcan los derechos humanos; la democracia; el desarrollo; y la seguridad multidimensional.

 

Cumple señalar aquí la implementación del Plan Estratégico de la CIDH para 2017-2020, recién aprobado bajo un longo proceso de debate entre los Estados-miembros, con participación de la sociedad civil, en que ha prevalecido la búsqueda de la eficiencia e del consenso. Las líneas y los objetivos estratégicos adoptados  refuerzan el compromiso de los países con la transparencia, mientras estimulan la opción por soluciones amistosas de los casos bajo la apreciación de la Comisión.

Asumo el desafío de la candidatura a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos con la más absoluta convicción en la importancia del sistema interamericano, que ha salvado y sigue salvando tantas vidas. El sistema ha permitido la desestabilización de los regímenes dictatoriales; ha exigido justicia en las transiciones democráticas; y ahora demanda el perfeccionamiento de las instituciones democráticas por medio del combate a las violaciones de derechos humanos y la protección a los grupos más vulnerables. Al asegurar la salvaguardia de derechos, la Comisión Interamericana ha tenido un relevante papel en la consolidación de estándares de protección mínimos en defensa de la dignidad humana, impulsando avances internos en relación a los marcos legislativos y a políticas públicas en la región. El sistema regional interamericano simboliza la consolidación de un “constitucionalismo regional”, que objetiva proteger y promover derechos humanos en el plano interamericano, con un impacto transformador emancipatorio, que tiene como fuerza motriz el protagonismo articulado, competente y estratégico de la sociedad civil en la lucha por los derechos y por justicia.

Siento-me inmensamente honrada en aspirar a ser parte integral de la Comisión Interamericana, inspirada en el principio mayor de la dignidad humana y en la defensa de los derechos humanos, de la democracia, de la paz y del Estado de Derecho en la región.

 


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